Así lo confirma una sentencia del Tribunal Supremo
El recurso interpuesto por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (Fremap), en el que defendía que la regulación por parte del Gobierno de la colaboración de las mutuas vulneraba la libertad de empresa, ha sido desestimado por el Tribunal Supremo, ratificando así la competencia gubernamental en esta materia.
Según han declarado portavoces del departamento ministerial de Trabajo, en el texto de la sentencia se muestra la conformidad respecto a la capacidad legal del Gobierno para la tutela y dirección de todas las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social “así como de las entidades que colaboren en la gestión de la misma”. Este último punto es el que incluye también todos los aspectos reguladores de la colaboración de las mutuas y las condiciones del convenio de asociación.
Hay que aclarar que las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales son asociaciones empresariales sin ánimo de lucro, creadas para la colaboración en la tarea de la Seguridad Social, concretamente en la gestión de las Contingencias Profesionales y en la gestión de prestaciones económicas de incapacidades temporales derivadas de Contingencias Comunes.
Fremap presentó el recurso tras la aprobación de una disposición que modificaba la norma de participación de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales separando la función de estas entidades en la colaboración gestora de la Seguridad Social de las actividades que puedan realizar como empresas de prevención de riesgos laborales.
La sentencia del Tribunal Supremo hace referencia a la doctrina marcada por el Tribunal Constitucional que indica que la libertad de empresa se condiciona a las necesidades económicas y planificadoras generales del país y que se puede regular esa libertad de un modo reglamentario en aquellos aspectos que no resulten primordiales.
La sentencia crea jurisprudencia al ser la segunda vez que el Alto Tribunal dilucida sobre estas cuestiones, por lo que a partir de ahora, cuando un litigio llegue a los tribunales en relación a asuntos de similar naturaleza, los jueces tendrán que acudir a la interpretación tomada por el Tribunal Supremo y seguir su criterio jurídico a la hora de decidir.




